COLABORACION Para que podamos Mostrar más Obras y mejores Servicios necesitamos de su Especial Participación
Este sitio es esencialmente una Muestra Virtual de Artistas Discapacitados independientes y agrupados, que quieren integrarse a la Cultura Universal y abierto a quienes quieran participar tanto en mostrar Arte como en brindar Servicios. Hemos pensado también en quienes puedan valorar la continuidad y crecimiento de este emprendimiento, aporte que desde aquí se hace al Arte, la Cultura, lo Social. Por ello pensamos en Ud. si es Empresario, Directivo o Funcionario que pudiera comprometerse con esta noble iniciativa, brindándole la posibilidad de contar nosotros con su Auspicio. Tal vez Ud. como Empresario o Comerciante o con la actividad que realice, pueda brindar su apoyo mediante una Donación. O bien puede Ud. ser alguien de Buena Voluntad que desee dar su Padrinazgo a algún Artista o Grupo en especial o algún otro tipo de Colaboración. Participando con su Colaboración, no sólo está ayudando a que muchos Artistas Discapacitados se sientan útiles y movilizados para dar todo de sí, como de despertar la inquietud en otros y en aquellos que bien pueden creer que no están capacitados. También está participando con un espacio dentro del Sitio Web para colocar su Logo, Banner, Publicidad o Mención. Este Sitio es uno de los emprendimientos que la Fundación Artistas Discapacitados viene llevando a cabo durante más de 9 años, actividades que apuntan al desarrollo Personal, Artístico y Creativo, como de integrar Capacidades Diferentes y a los distintos Sectores Sociales. Con el propósito de ahondar más estos temas y actividades, contamos con el Sitio Web: www.integrando.org.ar Una forma más de brindar un Servicio a la Comunidad con el compromiso de muchos.
A continuación detallamos los distintos tipos de Colaboración que puede otorgarnos y sus espacios correspondientes.
ESPACIOS PARA PARTICIPAR EN EL SITIO WEB ARTISTAS DISCAPACITADOS
Categoría y Ubicación Valor Anual
RECUERDE: Su aporte será deducible del Impuesto a las Ganancias______________________________________________ Resolución Personería Jurídica N° 01289 - IGJ
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